Finalización del negocio

Finalización del negocio
El contrato de franquicia, por su carácter bilateral, nunca está exento de la posibilidad de que en su desarrollo surjan diferencias de criterio, incumplimientos u otros problemas.
El contrato puede ser resuelto como cualquier otro por cumplimiento del plazo inicialmente establecido, por mutuo disenso, cuando las partes deciden amigablemente no continuar con el negocio, o por incumplimientos contractuales a cargo de cualquiera de ellas.
Es en este último caso cuando se hace absolutamente necesaria la intervención de un Abogado especializado en franquicias, desde el mismo inicio de las dificultades. El Tribunal Supremo ha sido claro desde el principio en afirmar que “Es doctrina reiterada de esta Sala que no procede la aplicación del art.1124 CC, por no entrar en juego su reglamentación, cuando en el contrato existe pacto de lex commissoria, es decir, cuando hay cláusula establecida por las partes que regula y condiciona el ejercicio de la resolución”. Quiere esto decir que en materia de franquicias, habrá de ser un Abogado experto en la materia el que analice los contratos suscritos, el desarrollo del negocio y los problemas surgidos para dar una solución satisfactoria al cliente.
Del planteamiento adecuado de la estrategia procesal a seguir a la hora de denunciar un contrato de franquicia dependerá el éxito en las reclamaciones indemnizatorias que se puedan interponer, así como en la protección de los derechos y las obligaciones post-contractuales que pueda haber una vez terminada la relación franquciador-franquiciado.
En este sentido, es doctrina reiterada de nuestro Alto Tribunal (SSTS de 23 febrero 1995 y 6 octubre 1997) que el incumplimiento total o propio ha de ser de tal entidad que impida el fin normal del contrato, frustrando las legítimas expectativas de la parte que reclama. Por tanto, no es cualquier incumplimiento, ni cualquier anomalía la que ha de provocar una resolución del contrato, sino aquellos que sean esenciales. El carácter o no de esencial de un incumplimiento dependerá del contrato de franquicia, y del enfoque que se dé al procedimiento.
En resumen, cualquiera que sea la causa de finalización del negocio, y la posición que ocupemos en él, hemos de contar con un asesoramiento de calidad, como el ofrecido por Martínez-Echevarría, Pérez y Ferrero Abogados, el cual incluya la especialización necesaria para afrontar con éxito este tipo de procedimientos, así como la cercanía con el cliente y la dedicación necesaria, que el Despacho garantiza gracias a su extensa red de oficinas en España y el extranjero.